¿QUÉ ES UNA SOCIEDAD LIMITADA?

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La Sociedad Limitada, o Sociedad de Responsabilidad Limitada (conocida por sus siglas S.L. o S.R.L.), es actualmente una de los tipos de empresa más generalizada a nivel mundial. Esta entrada va sobre: “¿Qué Es Una Sociedad Limitada?”, y la importancia de contar de con una excelente Asesoría fiscal, laboral y contable

España no escapa a esa tendencia generalizada a nivel mundial. Un gran número de Autónomos, en España, recurren a este tipo de empresa.

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¿Qué es una sociedad limitada?

Una Sociedad limitada (SL, por sus siglas), o Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL, por sus siglas), es aquella en la que su capital está representado en participaciones, al contrario de lo qué sucede con las Sociedades Anónimas, en las que su capital está representado en acciones.

Uno de los más relevantes caracteres de las Sociedades Limitadas, es el de circunscribir las obligaciones económicas de los socios al capital que cada uno de ellos haya provisto, por lo que no responderán personalmente de las deudas sociales, lo cual significa una muy buena forma de salvaguardar el patrimonio personal de los socios.

Características distintivas de una Sociedad Limitada: Las aportaciones que hacen los socios en una sociedad limitada son sociales, indivisibles y acumulables, aún más, las mismas tienen carácter personal y en consecuencia no pueden ser comercializadas.

Cabe destacar, que según lo contemplado en el artículo 6.1 de la Ley de Sociedades, es imperativo que en la denominación de la sociedad de responsabilidad limitada conste la indicación:”Sociedad de Responsabilidad Limitada”, o en su defecto la denominación “Sociedad Limitada”, o sus abreviaturas “S.R.L.” o “S.L.”.

A pesar de que el artículo 9.1 y .2, de la Ley de Sociedades se refiere (respecto al domicilio de las mismas), de manera general a las “Sociedades de Capital” (Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima y Sociedad Comanditaria por Acciones; por lo que no es una característica distintiva, única, de la Sociedad Limitada), es conveniente señalar el carácter taxativo de dicho artículo cuando precisa la fijación del domicilio de las mencionadas Sociedades de Capital dentro del territorio español, específicamente en el sitio donde se encuentre ubicada tanto la parte administrativa, como la directiva, y que aquellas Sociedades de Capital que tengan su más importante instalación o que su centro de explotación se encuentre ubicado en territorio español deberán tener su domiciliación en España

Creación de una S.L. o S.R.L.

Para efectuar la creación de una S.L. o S.R.L., es preciso la realización de ciertos trámites, entre los que podemos citar: Registro del nombre de la empresa. Llevar a cabo la apertura de una cuenta bancaria a nombre de la empresa. Redactar los estatutos, así como la constitución de la empresa.

Realizar, ante notario (por todos los socios), la firma de la escritura pública de la constitución de la sociedad. Pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Solicitar el Código de Identificación Fiscal (CIF). Inscribir la Sociedad en el Registro Mercantil. Obtener el N.I.F. definitivo. Claro está, entre otros.

¿De cuántos socios requiere una S.L.?

Las Sociedades Limitadas (S.L.) o Sociedades de Responsabilidad Limitadas (S.R.L.), requieren de un número mínimo de un socio, sin que haya un límite máximo de los mismos, esto según lo establecido en el Artículo 12 de la Ley de Sociedades de Capital, respecto a la cantidad de socios que ellas precisan.

Ese único socio puede ser una persona natural (física), o jurídica. Los socios, en el caso de existir más de uno, pueden ser socios trabajadores o socios capitalistas. Es más, este tipo de empresa, cuando está conformada por un único socio, recibe el nombre de “Sociedad Limitada Unipersonal”

¿Cuánto capital social mínimo requiere una S.L.?

El Capital social mínimo legal de una Sociedad Limitada es de 3.000 € totalmente desembolsado, sin que exista un límite máximo, y deberá ser expresado en Euros. Sin embargo, aún cuando las aportaciones, en términos generales, son hechas en dinero, existe la posibilidad de hacerlas en bienes que tengan un valor económico.

El mencionado Capital Social se divide en participaciones sociales, las cuales legalmente tienen algunas limitaciones como, por ejemplo, que las mismas no pueden ser vendidas a terceros en primera instancia ya que los demás socios gozan de un derecho preferencial sobre estas.

Diferencias entre sociedad anónima y limitada

Una Sociedad Anónima, al igual que una Sociedad Limitada, es una sociedad mercantil de capital; no obstante entre ellas hay diferencias muy importantes, entre las que podemos citar 

1.- La Sociedad Anónima es una sociedad abierta, en tanto que la Sociedad Limitada es una sociedad cerrada.

2.- al momento de constituir una Sociedad Limitada serán menores los requisitos a satisfacer que cuando se trata de constituir una Sociedad Anónima.

 3.- El capital de La Sociedad De Responsabilidad Limitada se divide en participaciones sociales, mientras que el de la Sociedad Anónima está dividido en acciones.

4.- Los socios de La Sociedad Anónima pueden vender libremente sus acciones ya que son fáciles de colocar y comercializar en el mercado, por lo que este tipo de sociedad puede cotizar en bolsa. Los socios de la Sociedad Limitada sólo pueden vender sus participaciones cuando el comprador sea otro socio.

5.- La S. A. Se puede constituir con la presencia de un único socio, en cuyo caso deberá hacerse constar que es una Sociedad Anónima con un único socio, sin que haya un límite de socios. La S. L. requiere como mínimo de un socio, En ese caso se crea una S. L. Unipersonal. E Igualmente No existe límite máximo de socios

6.- La Sociedad Anónima requiere un capital mínimo de 60.000 euros, sin que haya un límite de capital. Por otro lado, el capital de la Sociedad De Responsabilidad Limitada no podrá ser inferior a tres mil euros y se expresa precisamente en esa moneda. La Sociedad De Responsabilidad Limitada no tiene límite de capital

Conclusiones

En conclusión, la Sociedad Limitada, o Sociedad de Responsabilidad Limitada es una excelente manera de crear una empresa, tanto por lo reducido de su capital inicial, como por la tranquilidad que brinda a sus socios el poder proteger su patrimonio personal al restringir sus obligaciones económicas al capital aportado.

Visitando el siguiente enlace, podrás saber más sobre la Ley de Sociedades de Capital

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