INSPECCIÓN DEL TRABAJO (2021 A 2023)
Con el eslogan “Hacia un nuevo modelo de Inspección de Trabajo y Seguridad Social”, la I.T.S.S. Presenta su plan de trabajo para el período comprendido durante los años 2021, 2022 y 2023. En esta entrada “Inspección Del Trabajo (2021 A 2023)”, vamos a darte a conocer los pormenores de dicho plan de trabajo.
Cabe destacar que siempre es conveniente, al momento de realizar algún trámite ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, contar con un equipo de trabajo que posea la experticia amplia y suficiente en todo lo relacionado con el área contable Y que nos proporcione la Asesoría Laboral que necesitamos, y ese equipo es ASA ASESORES
Al abordar el tema “Inspección Del Trabajo (2021 A 2023)” se hace ineludible la referencia a los objetivos: “Trabajo Decente y Crecimiento Económico”, y “Paz, Justicia E Instituciones Sólidas”, cuya finalidad es: garantizar la seguridad y salud de los trabajadores al igual que el ejercicio de sus derechos laborales y sindicales.
Contenido
Plan de trabajo de la ITSS
En la elaboración del Plan de trabajo de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para los años 2021, 2022 y 2023 participaron las organizaciones empresariales, los sindicatos, las asociaciones de inspectores y subinspectores y de igual forma las Comunidades Autónomas.
El mencionado Plan Estratégico tiene como objetivos para los años anteriormente señalados, entre otros, garantizar la eliminación de la discriminación en las condiciones de trabajo; propiciando además el derecho del trabajador a un empleo que le proporcione un ambiente respetable, seguro y provechoso.
Cabe destacar dentro del Plan de trabajo de la ITSS los siguientes objetivos: Luchar contra la pobreza, preservando los derechos laborales y sindicales. Velar por la salud y el bienestar de los trabajadores, haciendo cumplir la reglamentación en lo relativo a la Prevención de riesgos laborales. Erradicar la discriminación por razón de género propiciando la igualdad de género
Inspección Del Teletrabajo
El recrudecimiento de la COVID-19 ha propiciado el incremento de los trabajos que son llevados a cabo por los trabajadores en lugares diferentes a las instalaciones de las empresas (trabajos a distancia), en particular los relacionados con el teletrabajo, por consiguiente la I.T.S.S. ha establecido pautas a seguir, como:
Profundizar las actividades conducentes a velar por los derechos de los trabajadores que llevan a cabo sus funciones en las plataformas digitales, en cuanto a prevenir e impedir el menoscabo de dichos derechos y lograr la inclusión total de esos trabajadores en la Seguridad Social.
Según lo establece la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia. Que entró en vigor el 1 de octubre de 2021. Se deberán cumplir ciertas normas entre las que podemos señalar las Siguientes:
1.- El Teletrabajo ha de ser voluntario tanto para el trabajador como para la empresa contratante precisando la firma de un acuerdo en tal sentido.
2.- la persona que lleve a cabo su trabajo a través del teletrabajo disfrutará de los mismos derechos que tienen las personas que lo realizan en las instalaciones de trabajo de la empresa, y contará en todo caso, con los equipos y herramientas necesarios para llevar a cabo dicho trabajo.
Expedientes De Regulación Temporal De Empleo
Debido a disposiciones gubernamentales, suspendiendo o reduciendo las operaciones realizadas por empresas consideradas no esenciales, muchas de estas empresas en las que repercuten dichas disposiciones se han visto en la necesidad de rescindir o restringir de manera temporal los contratos de sus trabajadores.
Evidentemente, por las citadas disposiciones gubernamentales, el giro comercial de estas empresas ya no existe y en consecuencia no perciben ingreso alguno, por lo que no pueden seguir pagando a sus trabajadores y apelan al recurso del Expediente de Regulación Temporal De Empleo.
Son varias las causas que pueden dar origen a los Expedientes De Regulación Temporal De Empleo, entre las que podemos citar, por ejemplo: causas relacionadas con la producción, causas de origen técnico, causas económicas, causas de fuerza mayor como lo es la pandemia del COVID-19
Inspección Del Trabajo Y Medidas De prevención Frente Al Covid
El panorama económico del país (y en consecuencia el social y el laboral), se ha visto fuertemente afectado por la pandemia de COVID-19, de allí que la I.T.S.S., contemple entre sus objetivos “Controlar, en régimen de habilitación legal, las normas para la prevención del contagio de la COVID-19”
La I.T.S.S., ha sido facultada (según el artículo 31.4 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio), para llevar a cabo las inspecciones necesarias a efectos de verificar el estricto cumplimiento de los planes y estrategias implementados con la finalidad de atender los diferentes grados de amenaza que conlleva la COVID-19
Con la finalidad de impedir la proliferación de la enfermedad COVID-19, y llevar a cabo una gestión mediante la cual controlar dicha enfermedad, el Estado ha emitido, como consecuencia, los Reales Decretos 463/2020, de 14 de marzo, 487/2020, de 10 de abril, 900/2020, de 9 de octubre y 926/2020, de 25 de octubre.
Conclusiones:
Como habrás podido apreciar a lo largo de la presente entrada, el Estado español a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (I.T.S.S.), ha desarrollado un plan de trabajo cuyo objetivo es, en consecuencia, garantizar una mejor calidad de vida para todos sus ciudadanos.
En este enlace podrás saber más sobre las medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19
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